Artículo 71. Situaciones.
Artículo 71 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2011-1142
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-28.
Texto consolidado
El personal estatutario fijo del Servicio Cántabro de Salud se hallará en alguna de las siguientes situaciones:
a) Servicio activo.
b) Servicios especiales.
c) Servicios bajo otro régimen jurídico.
d) Excedencia por servicios en el sector público.
e) Excedencia voluntaria.
f) Suspensión de funciones.
g) Expectativa de destino.
h) Excedencia forzosa.
i) Excedencia voluntaria incentivada.
j) Excedencia por cuidado de familiares.
k) Excedencia por violencia de género.
l) Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
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- Ver la norma completa: Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria.