El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 71. Presidente, Vicepresidentes, Secretario y Vicesecretario.

Artículo 71 de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía. · BOE-A-2000-1011

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-24.

Texto consolidado

1. El Consejo de Administración nombrará de entre sus miembros al Presidente que, a su vez, lo será de la Asamblea General de la Caja.

2. El Consejo podrá nombrar, de entre sus miembros, a uno o más Vicepresidentes, que sustituirán al Presidente por su orden.

3. El Consejo de Administración nombrará también a un Secretario del Consejo y podrá nombrar a un Vicesecretario, que sustituirá, en caso de ausencia, al Secretario. Dichos nombramientos recaerán en los miembros del propio Consejo.

4. El Presidente, Vicepresidente, en su caso, y el Secretario o Vicesecretario, en su caso, lo serán también de la Asamblea General.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-24.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2003-992.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 15/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 15/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.