Artículo 70. Información de programas y actividades.
Artículo 70 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771
Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las federaciones deportivas de las Illes Balears deben informar a la administración deportiva de las Illes Balears de sus programas y actividades, tanto de ámbito autonómico como de ámbito estatal o internacional.