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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 70. Prohibiciones de utilización de la denominación de venta en rebajas.

Artículo 70 del Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía. · BOJA-b-2012-90003

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-31.

Texto consolidado

Queda prohibida la utilización de la denominación de venta en rebajas en relación con los siguientes artículos:

a) Los deteriorados.

b) Los adquiridos para esta finalidad.

c) Los que no estuvieran dispuestos en el establecimiento para la venta a la persona consumidora final con un mes de antelación a la fecha de inicio de la venta en rebaja.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-03-31.

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