El Vínculo El Vínculo.
Decreto Vigente

Artículo 70.

Artículo 70 del Decreto 569/1970, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes Vecinales en Mano Común. · BOE-A-1970-266

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-04-18.

Texto consolidado

Los aprovechamientos de los montes vecinales en mano común se considerarán divididos en la siguiente forma:

a) Directos y gratuitos, y

b) Con rendimientos pecuniarios.

Serán aprovechamientos directos y gratuitos aquellos que realicen los vecinos de modo que los productos aprovechados redunden íntegramente en su beneficio particular o familiar, sin proporcionar rendimientos pecuniarios inmediatos.

Serán aprovechamientos con rendimiento pecuniario los que se produzcan mediante la enajenación del objeto del aprovechamiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1970-04-18.

Más artículos de Decreto 569/1970

En El Vínculo puedes leer Decreto 569/1970 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.