Artículo 7. Entrada por autorización especial.
Artículo 7 de la Resolución de 17 de diciembre de 2020, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional del Prado, en el que se fijan los precios públicos de entrada al Museo. · BOE-A-2020-16784
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
La Dirección del Museo podrá autorizar, con carácter puntual, autorización especial con acceso gratuito o reducido a las personas, asociaciones, empresas, instituciones o grupos profesionales u otros colectivos de carácter social, cuya visita, por su relevancia y vinculación con el Museo, pueda redundar en beneficio de la Institución. Estas autorizaciones podrán incluir el uso de los recursos para la visita, regulados en el artículo 12, si se considera oportuno.
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