Artículo 7. Extensión del plazo de solicitud y de duración de moratorias y suspensiones.
Artículo 7 del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico. · BOE-A-2021-1529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-04.
Texto consolidado
Hasta el 30 de marzo de 2021, inclusive, podrán solicitar la moratoria o suspensión en el pago de las cuotas de la financiación de los siguientes deudores comprendidos en el ámbito de aplicación de las normas señaladas en el artículo 8.1 por un plazo máximo de nueve meses:
a) Quienes no hubieran solicitado previamente la moratoria o suspensión, o
b) quienes hubieran disfrutado de una o varias moratorias o suspensiones por un plazo total acumulado inferior a nueve meses por cada financiación.
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