Artículo 7. Disposiciones comunes.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-02-25.
Texto consolidado
A los efectos de los artículos 8, 9 y 10 siguientes, el suministro incluirá la generación (producción), la venta al por mayor y la venta al por menor. No obstante, la producción de gas por extracción entra en el ámbito de aplicación del artículo 14.
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