Artículo 7. Formación.
Artículo 7 del Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Tropa y Marinería profesionales de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-1992-20513
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-09-01.
Texto consolidado
La formación que recibe el personal de tropa y marinería profesionales tiene como finalidad capacitarle militar y profesionalmente para el ejercicio de una especialidad de aplicación para las Fuerzas Armadas.
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