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Real Decreto Vigente

Artículo 7. Requisitos académicos y prueba de acceso.

Artículo 7 del Real Decreto 85/2007, de 26 de enero, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de danza reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2007-2956

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-02-14.

Texto consolidado

1. Conforme al artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, para acceder a las enseñanzas profesionales de danza será preciso superar una prueba específica de acceso regulada y organizada por las Administraciones educativas, mediante la que se valorará la madurez, aptitudes y conocimientos para cursar con aprovechamiento las enseñanzas profesionales, de acuerdo con los objetivos establecidos en este real decreto.

2. Asimismo, podrá accederse a cada curso de las enseñanzas profesionales sin haber cursado los anteriores siempre que, a través de una prueba, el aspirante demuestre poseer los conocimientos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes. Dicha prueba será organizada por las Administraciones educativas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-02-14.

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