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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 7. Documentación adjunta.

Artículo 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. · BOE-A-2010-9274

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-14.

Texto consolidado

1. Junto a la solicitud de inscripción a que se refiere el apartado 1 del artículo anterior deberá presentarse también a través de medios electrónicos la siguiente documentación:

a) Texto original del convenio, plan de igualdad, acuerdo o comunicación firmado por los componentes de la comisión negociadora o de la parte que formula la solicitud.

b) Para la inscripción de los planes de igualdad y acuerdos a que se refiere el artículo 2.1.a), b), e) y f) de este real decreto deberán presentarse las actas de las distintas sesiones celebradas, incluyendo las referentes a las de constitución de la comisión negociadora y de firma del convenio y del plan de igualdad, con expresión de las partes que lo suscriban.

Téngase en cuenta que esta última actualización de las letras a) y b), establecida por la disposición final 1.4 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre. Ref. BOE-A-2020-12214#df, entra en vigor el 14 de enero de 2021, según determina su disposición final 3.

Redacción anterior:

"a) Texto original del convenio, acuerdo o comunicación firmado por los componentes de la comisión negociadora o de la parte que formula la solicitud.

b) Para la inscripción de los acuerdos a que se refiere el artículo 2.1.a), b) y e) de este real decreto deberán presentarse las actas de las distintas sesiones celebradas, incluyendo las referentes a las de constitución de la comisión negociadora y de firma del convenio, con expresión de las partes que lo suscriban."

2. En el caso de las extensiones de convenios previstas en el artículo 2.3.c) de este real decreto, se requerirá a través de medios electrónicos la documentación prevista en el artículo 4 del Real Decreto 718/2005, de 20 de junio, por el que se aprueba el procedimiento de extensión de convenios colectivos.

Se modifican las letras a) y b) del apartado 1, con efectos de 14 de enero de 2021, por la disposición final 1.4 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre. Ref. BOE-A-2020-12214#df

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-14.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo..

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