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Real Decreto Vigente

Artículo 7.

Artículo 7 del Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional. · BOE-A-1978-9612

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-04-14.

Texto consolidado

1. Las instalaciones militares y civiles declaradas de interés militar estarán dotadas de las zonas de seguridad a que se refiere el artículo 3 de este Reglamento.

2. A tales efectos, a todas las instalaciones militares, y a las civiles cuando se las declare de interés militar, se las atribuirá, por el Ministerio de Defensa, una clase o categoría de conformidad con las normas y clasificaciones que seguidamente se establecen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1978-04-14.

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