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Real Decreto Vigente

Artículo 7. Secretaría General.

Artículo 7 del Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial · BOE-A-1985-6029

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-05-07.

Texto consolidado

Uno. La Secretaría General es el órgano permanente de dirección y gestión del Fondo de Garantía Salarial. Su titular, con nivel orgánico de Subdirector General, será nombrado por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social de entre funcionarios del Estado con titulación superior.

Dos. El Secretario general ostentará la representación del Fondo y la Jefatura de todos sus servicios y de personal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-05-07.

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