Artículo 7. Órganos de Gobierno del Colegio.
Artículo 7 del Real Decreto 483/1997, de 14 de abril, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. · BOE-A-1997-9712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-06-05.
Texto consolidado
El Colegio estará regido por los siguientes Órganos de Gobierno:
A) Órganos Generales:
1.º) La Asamblea General de Registradores.
2.º) La Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos.
3.º) La Junta de Gobierno.
4.º) El Decano Presidente.
B) Órganos Territoriales:
1.º) Las Asambleas Generales Territoriales o Autonómicas.
2.º) Las Juntas de Gobierno Territoriales o Autonómicas.
3.º) Los Decanos Territoriales o Autonómicos.
4.º) Los Delegados Provinciales.