Artículo 7. Acción exterior.
Artículo 7 del Real Decreto 389/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos. · BOE-A-2021-9175
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-03.
Texto consolidado
Corresponderá a la persona titular de la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos designar los representantes que deban formar parte de la autoridad de control común de protección de datos prevista en los Convenios Internacionales de los que España sea parte.