Artículo 7. Nombramiento.
Artículo 7 del Real Decreto 253/2011, de 28 de febrero, sobre régimen jurídico de los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles adscritos a la Dirección General de los Registros y del Notariado. · BOE-A-2011-5393
Atención: Real Decreto 253/2011 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El concurso de méritos se resolverá por el Ministro de Justicia, a propuesta del Presidente de la Comisión a que se refiere el artículo anterior, en un plazo máximo de dos meses a partir de la convocatoria de mismo. Del nombramiento se tomará razón en el expediente personal de cada Notario o Registrador.