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Real Decreto Vigente

Artículo 7. Recursos.

Artículo 7 del Real Decreto 232/2017, de 10 de marzo, sobre anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2017-3022

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-21.

Texto consolidado

1. Contra las resoluciones relativas a la anotación o cancelación de penas y sanciones disciplinarias cabe interponer recurso de alzada ante el Director General de la Guardia Civil, en los términos establecidos en los artículos 74.2 y 76.1 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre. La resolución del recurso, que será dictada previo informe del asesor jurídico, pondrá fin a la vía administrativa.

2. Contra la resolución del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-disciplinario militar ante el Tribunal Militar Central, en los términos previstos en las normas procesales militares.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-21.

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