Artículo 7. Ministerio de Educación.
Artículo 7 del Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-16869
Atención: Real Decreto 1366/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Ministerio de Educación se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
a) La Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.
2.º La Dirección General de Formación Profesional.
b) La Secretaría General de Universidades, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Política Universitaria.
2.º La Dirección General de Atención, Participación y Empleabilidad de Estudiantes Universitarios.
c) La Subsecretaría de Educación, de la que depende la Secretaría General Técnica.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-3259.