Artículo 7. Disposiciones.
Artículo 7 del Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo». · BOE-A-2024-25789
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-12.
Texto consolidado
La AECID dictará los actos y disposiciones de carácter interno necesarias para el cumplimiento de su objeto y para su funcionamiento, que podrán adoptar la forma de Resoluciones del Consejo Rector, que deberán ser suscritas por la Presidencia y de Resoluciones, Instrucciones y Circulares de la Presidencia y de la Dirección de la Agencia.