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Real Decreto Vigente

Artículo 7. La Subdirección General de Asuntos Generales y Económico-Presupuestarios.

Artículo 7 del Real Decreto 118/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. · BOE-A-2023-4653

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-22.

Texto consolidado

Corresponde a la Subdirección General de Asuntos Generales y Económico-Presupuestarios:

a) La gestión del presupuesto y el control económico financiero.

b) La gestión y tramitación de los procedimientos de contratación, encargos a medios propios y encomiendas de gestión.

c) La asistencia técnica y administrativa a todos los servicios centrales del INGESA.

d) Los asuntos generales y el régimen interior.

e) Las relaciones con los servicios territoriales en el ámbito y desarrollo de sus funciones.

f) La asunción de la secretaría de los órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión del INGESA.

g) En relación con la contratación centralizada para el Sistema Nacional de Salud, la materialización y conclusión de los procedimientos de adquisición centralizada de medicamentos, productos y servicios sanitarios encomendados a través de la Secretaría de Estado de Sanidad, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional vigésima séptima de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

h) La materialización y conclusión de los procedimientos de adquisición centralizada de suministros y servicios necesarios para asegurar el correcto cumplimiento de las competencias establecidas en el artículo cuarto de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril.

i) La administración y gestión de la reserva estratégica nacional de medicamentos, productos sanitarios y cualquier producto necesario para la protección de la salud para dar respuesta a emergencias de salud pública y crisis sanitarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-02-22.

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