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Real Decreto Derogada

Artículo 7.

Artículo 7 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. · BOE-A-1987-22094

Atención: Real Decreto 1174/1987 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Son puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional los que tengan atribuida la responsabilidad administrativa de las funciones enumeradas en los artículos anteriores, en los términos y condiciones que se determinan en este Real Decreto.

2. La denominación y características esenciales de los puestos de trabajo a que se refiere el artículo 16 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, quedarán reflejadas en la relación de los de cada Entidad, confeccionada con arreglo a la normativa básica dictada por la Administración del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-09-30.

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