Artículo 7. Modificación de la Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril, por la que se determinan los ficheros con datos de carácter personal del departamento y de sus organismos públicos
Artículo 7 de la Orden JUS/1207/2011, de 4 de mayo, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula el procedimiento de emisión de apostillas en soporte papel y electrónico. · BOE-A-2011-8401
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-02-19.
Texto consolidado
Se amplía la relación de los ficheros del Ministerio de Justicia que figuran en la Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril, por la que se determinan los ficheros con datos de carácter personal del departamento y de sus organismos públicos, mediante la incorporación a su anexo I, de los ficheros 122 y 123, cuya denominación y características se recogen en el anexo I de esta orden.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-1804.
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