Artículo 7. Errores máximos permitidos.
Artículo 7 de la Orden ITC/3720/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los sistemas de medida de líquidos distintos del agua denominados surtidores o dispensadores. · BOE-A-2006-21412
Atención: Orden ITC/3720/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los errores máximos permitidos en la verificación después de reparación o modificación serán los indicados en el anexo III.