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Orden Vigente

Artículo 7. Contenido del registro.

Artículo 7 de la Orden ISM/189/2021, de 3 de marzo, por la que se regula el Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social. · BOE-A-2021-3421

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-02.

Texto consolidado

1. El registro estará disponible en la SEDESS, donde se mantendrá una relación pública y actualizada de todas las materias, trámites y/o grupos de trámites competencia de la Administración de la Seguridad Social, que pueden ser objeto de apoderamiento.

2. En los asientos que se realicen para inscribir un apoderamiento en el registro se harán constar los siguientes datos:

a) Nombre y apellidos o denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del poderdante, así como sus datos de contacto.

b) Nombre y apellidos o denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del apoderado, así como sus datos de contacto.

c) Materias, trámites y/o grupos de trámites objeto de apoderamiento.

d) Periodo de vigencia del poder.

e) Número de referencia del poder asignado por el registro.

f) Fecha de inscripción en el registro.

g) Estado del poder.

h) Tipo de poder según las facultades que otorgue.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-02.

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