Artículo 7. Presentación e identificación de los proyectos de estudios.
Artículo 7 de la Orden ESS/1719/2012, de 30 de julio, por la que se crea y regula la Comisión Asesora de Estudios del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se establece la regulación del Programa de Estudios del Departamento. · BOE-A-2012-10422
Atención: Orden ESS/1719/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las propuestas de los distintos órganos superiores y directivos, organismos autónomos, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social adscritos al Departamento deberán presentarse, ordenadas según prioridad, en la Ficha de Presentación de Proyectos (anexo I), en la que se recoge la siguiente información:
a) Órgano promotor.
b) Título o descripción del proyecto.
c) Fecha prevista de iniciación y duración del trabajo.
d) Objetivo a alcanzar, con memoria justificativa. Se indicará expresamente la relación del trabajo previsto con los Programas de actuación del Órgano, así como si contempla la perspectiva de género.
e) Forma de contratación propuesta o, en su caso, convenio a suscribir.
f) Agente o agentes realizadores previstos.
g) Coste estimado, indicando expresamente si se dispone de cofinanciación.
h) Aplicación presupuestaria del gasto.
i) Supervisor del proyecto.
2. A cada proyecto se le asignará, por la Secretaría de la Comisión Asesora, un número de identificación.
Más artículos de Orden ESS/1719/2012
- ← Artículo 6. Elaboración y aprobación del Programa de Estudios.
- → Artículo 8. Certificado de inclusión en el Programa de Estudios.
- Ver la norma completa: Orden ESS/1719/2012, de 30 de julio, por la que se crea y regula la Comisión Asesora de Estudios del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se establece la regulación del Programa de Estudios del Departamento.