Artículo 7. Instrucción del procedimiento.
Artículo 7 de la Orden de 26 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social. · BOE-A-1998-26881
Atención: BOE-A-1998-26881 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. A nivel provincial se creará una Comisión de Planificación y Coordinación de Inversiones, a fin de planificar las mismas de acuerdo con las necesidades de mercado de trabajo en la provincia, debiendo elaborar informe sobre la selección de obras y servicios objeto de la presente Orden.
La Comisión Provincial de Planificación y Coordinación de Inversiones será presidida por el Subdelegado del Gobierno en la provincia y estará integrada por los Directores Provinciales de Trabajo y Asuntos Sociales y del instituto Nacional de Empleo, un representante de las Corporaciones Locales y un representante de cada uno de los organismos inversores.
2. El Director Provincial del Instituto Nacional de Empleo dará traslado del informe, al que se refiere el número 1, a la Comisión Ejecutiva Provincial para la emisión del correspondiente informe.
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