Artículo 7. Criterios de valoración.
Artículo 7 de la Orden APA/236/2021, de 1 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Jacumar de investigación en acuicultura. · BOE-A-2021-4122
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-16.
Texto consolidado
1. Los trabajos que opten al Premio Jacumar se valorarán de acuerdo con los criterios que a continuación se indican, la puntuación máxima será de 10 y la mínima de 1.
2. La puntuación final será el resultado de la media ponderada, atendiendo al peso indicado para cada criterio.
Criterios
Puntuación
Ponderación
1. Aplicación práctica a las empresas de acuicultura.
Se valorará por un lado el interés y la viabilidad técnica y económica de la implementación de los resultados de la propuesta en la actividad de las empresas.
Y por otro el impacto sobre la competitividad de las empresas, teniendo en cuenta la aportación de soluciones a los principales retos de las empresas del sector de la acuicultura y la mejora en la cuenta de resultados o su posicionamiento diferencial frente a competidores externos de otros países.
35 %
2. Carácter innovador.
Se valorará el grado de mejora o novedad que suponen los productos, sistemas, procesos, métodos o prácticas que se quieren desarrollar en el proyecto.
25 %
3. Participación de empresas del sector de la acuicultura.
Se valorará el número de empresas que se impliquen en el proyecto.
20 %
4. Participación de varias instituciones científicas o administrativas.
Se valorará el número de instituciones científicas o administrativas que participan en cada proyecto.
10 %
5. Patentes.
Se valorará la incorporación en la propuesta de estudios de análisis y previsión de mercados y la generación y explotación de patentes o modelos de utilidad, además se valorarán los planes de difusión y actuaciones de transferencia.
10 %