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Ley Foral Derogada

Artículo 7. Declaración de interés social de programas-tipo de proyectos o actividades culturales.

Artículo 7 de la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo, reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra. · BOE-A-2014-5949

Atención: Ley Foral 8/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las entidades que ejecuten anualmente proyectos o actividades culturales cuya naturaleza y contenido se prevean similares o análogos para años sucesivos podrán instar la declaración de interés social de un programa-tipo de actividades culturales, que abarcará las actividades encuadrables en los conceptos previstos en él.

Para la declaración de interés social se estará a lo dispuesto en el artículo anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-05-27.

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