Artículo 7. Actuaciones a realizar.
Artículo 7 de la Ley Foral 19/2018, de 10 de octubre, por la que se aprueba el Plan de Inversiones Financieramente Sostenibles. · BOE-A-2018-15143
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-11.
Texto consolidado
Las actuaciones a realizar en concepto de inversiones financieras sostenibles serán las comprendidas en los anexos I y II de esta ley foral, con indicación de la obra a ejecutar, la partida presupuestaria afecta a tal actuación y el importe correspondiente a cada una de ellas.