El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 7. Servicios funerarios.

Artículo 7 de la Ley 8/2023, de 29 de junio, de lugares o centros de culto y diversidad religiosa en la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2023-17646

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-08-08.

Texto consolidado

1. Para el cumplimiento de los fines de la presente ley, los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco garantizarán la posibilidad de celebrar funerales dentro de los cultos de las diferentes confesiones y comunidades religiosas y acondicionarán espacios para ello.

2. Asimismo, corresponderá a los ayuntamientos el acondicionamiento y la puesta a disposición de espacios para la realización de funerales civiles y últimas despedidas, en el marco de la legislación municipal vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-08-08.

Más artículos de Ley 8/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.