Artículo 7. Destinatarios.
Artículo 7 de la Ley 8/2009, de 16 de junio, de transferencia de competencias entre la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales de Castilla y León. · BOE-A-2009-11189
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-12.
Texto consolidado
Las entidades locales destinatarias de las transferencias son:
a) Las Diputaciones Provinciales, de las competencias sobre campamentos juveniles a que se refiere el artículo 8.a) en su ámbito territorial, así como del resto de competencias mencionadas en dicho artículo en el ámbito territorial de los municipios con una población igual o inferior a 5000 habitantes.
b) Los municipios con una población superior a 5000 habitantes, de las competencias que se señalan en el artículo 8, con excepción de los campamentos juveniles.