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Ley Vigente

Artículo 7. Órganos de la sociedad cooperativa especial.

Artículo 7 de la Ley 8/2006, de 23 diciembre, de Sociedades Cooperativas Especiales de Extremadura. · BOE-A-2007-1724

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-19.

Texto consolidado

1. Son órganos necesarios de la sociedad cooperativa especial la asamblea general y el órgano de administración y representación.

2. En las sociedades cooperativas especiales no será obligatorio designar letrado asesor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-19.

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