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Ley Vigente

Artículo 7. Miembros correspondientes.

Artículo 7 de la Ley 6/2022, de 29 de junio, del Real Instituto de Estudios Asturianos. · BOE-A-2022-11962

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-28.

Texto consolidado

1. Los miembros correspondientes serán designados por el Consejo General a propuesta de la Junta Permanente. Su número no tiene limitación. Serán personas de reconocido prestigio científico, técnico, literario o artístico.

2. Los derechos inherentes a su condición se perderán por las causas previstas en el artículo 6.4.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-28.

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