El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 7. Régimen financiero.

Artículo 7 de la Ley 6/2006, de 26 de mayo, de creación de la Agencia Catalana de la Juventud. · BOE-A-2006-12066

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-10.

Texto consolidado

1. La Agencia Catalana de la Juventud para cumplir sus finalidades cuenta con los bienes y recursos económicos siguientes:

a) Las dotaciones que se consignan en los presupuestos de la Generalidad de Cataluña.

b) Los rendimientos de los bienes que le son adscritos y de los que adquiera en ejercicio de sus funciones.

c) Los ingresos que obtenga por la prestación de sus servicios.

d) Las subvenciones, aportaciones y donaciones que le concedan las personas y entidades públicas o privadas.

e) Los créditos y préstamos que le sean concedidos, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos por la normativa vigente.

f) Cualquier otro recurso que la ley permita.

2. El régimen presupuestario, de control y contable de la Agencia Catalana de la Juventud es el que se aplica de acuerdo con la normativa reguladora de los entes públicos de la Generalidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-10.

Más artículos de Ley 6/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 6/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.