Artículo 7. Gastos económicos.
Artículo 7 de la Ley 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales. · BOE-A-1999-351
Atención: Ley 5/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El acceso de los perros guía en los términos establecidos en la presente Ley no puede conllevar, en ningún caso, gasto alguno por este concepto para la persona con discapacidad.