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Ley Vigente

Artículo 7. Rendición de cuentas al Gobierno y al Parlamento.

Artículo 7 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-2021-14237

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-05.

Texto consolidado

La persona titular de la consejería competente en materia de hacienda informará trimestralmente al Gobierno de Canarias sobre los progresos y avances de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».

Asimismo, con carácter semestral, la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda y presupuestos informará al Parlamento de Canarias a través de la Comisión de Presupuestos y Hacienda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-05.

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