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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 7. El Consejo de Administración.

Artículo 7 de la Ley 4/2009, de 15 de abril, del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias. · BOE-A-2009-8274

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.

Texto consolidado

1. El Consejo de Administración ejerce el gobierno y la administración del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias.

2. El Consejo de Administración está integrado por los siguientes miembros:

a) El presidente o presidenta, cargo que corresponde al presidente o presidenta del Instituto.

b) El vicepresidente o vicepresidenta, cargo que corresponde al consejero o consejera del departamento competente en materia de investigación y universidades.

c) El director o directora general del Instituto.

d) Los siguientes vocales:

Primero. Dos representantes del departamento competente en materia de agricultura y alimentación.

Segundo. Una persona en representación de cada uno de los departamentos competentes en materia de investigación y universidades, de economía y finanzas, de salud, de medio ambiente y de industria.

Tercero. Una persona elegida por los órganos de representación del personal del Instituto.

Cuarto. Una persona en representación de cada una de las diputaciones que participan en la financiación del Instituto.

Quinto. Hasta cuatro personas más, propuestas por el consejero o consejera del departamento competente en materia de agricultura y alimentación entre personas de reconocido prestigio y trayectoria en los ámbitos científico y técnico, universitario, empresarial, sectorial o profesional, una de ellas a propuesta de las organizaciones profesionales agrarias más representativas de Cataluña.

3. El Gobierno nombra a todos los vocales del Consejo de Administración a propuesta del presidente o presidenta del Instituto. La duración del mandato de los vocales del Consejo de Administración a que se refiere el punto quinto del apartado 2.d es de cinco años.

4. Las funciones de secretaría son ejercidas por un miembro o una miembro del personal de la entidad, designado por el Consejo de Administración, que asiste a las reuniones con voz pero sin voto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa..

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