Artículo 7. Calificación de las infracciones.
Artículo 7 de la Ley 4/1994, de 6 de junio, de Calendario de Horarios Comerciales. · BOE-A-1994-16292
Atención: Ley 4/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las infracciones a esta Ley se clasifican en leves, graves y muy graves.