Artículo 7. Publicaciones oficiales.
Artículo 7 de la Ley 35/2010, de 1 de octubre, del occitano, aranés en Arán. · BOE-A-2010-17710
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-18.
Texto consolidado
1. Las leyes del Parlamento deben publicarse también en aranés. La versión aranesa tiene carácter oficial.
2. Las disposiciones, las resoluciones y los acuerdos de las instituciones y los entes que conforman la Generalidad y su sistema institucional deben publicarse también en aranés si afectan específicamente a Arán.