Artículo 7. Adscripción de bienes.
Artículo 7 de la Ley 3/2006, de 19 de junio, de creación de la Empresa Pública Sanitaria Bajo Guadalquivir. · BOE-A-2006-14194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-11.
Texto consolidado
Una vez que se produzca la constitución efectiva de la empresa pública, por el Consejo de Gobierno se le adscribirán los bienes y derechos que se destinen al cumplimiento de sus fines, y se le transferirán las dotaciones presupuestarias necesarias para el ejercicio de sus funciones.