Artículo 7. Régimen aplicable a los contratos entre partes privadas.
Artículo 7 de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española. · BOE-A-2015-3443
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-01.
Texto consolidado
1. Solo procederá la revisión periódica de valores monetarios enumerados en el artículo 3.1.b) cuando se haya pactado expresamente.
En caso de pacto expreso de aplicación de un mecanismo de revisión periódica de valores monetarios que no especifique el índice o metodología de referencia, será aplicable la tasa de variación que corresponda del Índice de Garantía de Competitividad elaborado según lo previsto en el Anexo de esta Ley.
2. El Instituto Nacional de Estadística publicará mensualmente el Índice de Garantía de Competitividad y su tasa de variación a los efectos previstos en el párrafo anterior y, en su caso, para su consideración a modo indicativo.