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Ley Vigente

Artículo 7. Orientación social de la Administración.

Artículo 7 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública. · BOE-A-2010-6562

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-22.

Texto consolidado

1. La orientación social se integra como principio rector de las políticas públicas y de las actuaciones de la Administración autonómica, incorporando las preocupaciones sociales a sus relaciones con los ciudadanos y con la sociedad.

2. Se fomentará en particular la inversión socialmente responsable y la transparencia de las actividades en este ámbito.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-04-22.

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