Artículo 7.
Artículo 7 de la Ley 2/1984, de 27 de abril, por la que se establece el Escudo del Principado y se regula su uso. · BOE-A-1984-12187
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-24.
Texto consolidado
El Escudo del Principado goza de idéntica protección que los demás símbolos del Estado, del que la Comunidad Autónoma forma parte.