Artículo 7. Administración electoral.
Artículo 7 de la Ley 17/2014, de 23 de diciembre, de representatividad de las organizaciones profesionales agrarias. · BOE-A-2015-468
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-31.
Texto consolidado
El proceso electoral es supervisado por la Administración electoral, integrada por la Junta Electoral y las mesas electorales.