Artículo 7. Memoria y control económico.
Artículo 7 de la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-7945
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-07.
Texto consolidado
Los organizadores de ferias y exposiciones oficiales someterán su gestión en la organización de actividades feriales al control de la Comunidad de Madrid mediante la presentación anual de:
a) Los presupuestos y sus correspondientes liquidaciones de las ferias que organicen.
b) La memoria de las actividades feriales desarrolladas, que necesariamente deberá incluir los resultados en relación a la superficie neta ocupada, estadísticas de los expositores y visitantes con indicación de los sectores económicos participantes.