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Ley Vigente

Artículo 7. Operaciones con terceras personas.

Artículo 7 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas. · BOE-A-2012-877

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-20.

Texto consolidado

Las sociedades cooperativas podrán realizar con terceras personas las actividades y servicios que constituyan su objeto social, sin más limitaciones que las establecidas en la presente ley, en otras disposiciones de carácter sectorial que les sean de aplicación o en sus propios estatutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-01-20.

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