Artículo 7. Reclamaciones económico-administrativas.
Artículo 7 de la Ley 14/1999, de 4 de mayo, de Tasas y Precios Públicos por servicios prestados por el Consejo de Seguridad Nuclear. · BOE-A-1999-10035
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-05-06.
Texto consolidado
Los actos de gestión de las tasas y de los precios públicos serán recurribles en la vía económico-administrativa y, en su caso, en la contencioso-administrativa.