Artículo 6. Inspección de las tasas.
Artículo 6 de la Ley 14/1999, de 4 de mayo, de Tasas y Precios Públicos por servicios prestados por el Consejo de Seguridad Nuclear. · BOE-A-1999-10035
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-05-06.
Texto consolidado
La inspección de las tasas se encomienda a los órganos competentes de la Administración del Estado.