Artículo 7. Órganos.
Artículo 7 de la Ley 13/2022, de 2 de noviembre, de creación de la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático. · BOE-A-2022-18898
Atención: Ley 13/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los máximos órganos de dirección de la Agencia son los siguientes:
a) La Presidencia.
b) El Consejo de Administración.
c) La Gerencia.
2. En la composición de los órganos de dirección deberá fomentarse la presencia equilibrada de hombres y mujeres.