Artículo 6. Subvenciones.
Artículo 6 de la Ley 13/2022, de 2 de noviembre, de creación de la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático. · BOE-A-2022-18898
Atención: Ley 13/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Agencia podrá proponer y gestionar la concesión de subvenciones, las cuales se otorgarán de conformidad a lo dispuesto por la normativa reguladora de esta materia.
2. Las bases reguladoras de las subvenciones que otorgue la Agencia se aprobarán mediante orden del titular de la consejería de adscripción, a propuesta de la Gerencia de la Agencia.